miércoles, 23 de noviembre de 2022

Sistemas jurídicos mixtos

¿Qué son? 

Los sistemas jurídicos mixtos o familias jurídicas mixtas buscan conciliar dos ordenamientos jurídicos diferentes e históricamente esto surge en países con tradiciones jurídicas que experimentan la influencia de otra cultura.
La mayoría de estos sistemas mixtos comparten, fundamentalmente, elementos del Common Law y del Derecho romano- germánico. Algunos de estos países son Escocia, Sudáfrica, Filipinas y una parte de Canadá. 
Para que se entienda un poco más de qué es el Common Law dejamos un video a continuación que puede ser de utilidad:


Pero en este tipo de sistema jurídico, si lo contraponemos al nuestro, tomando en cuenta un concepto como el de libertad o igualdad, ¿Cómo se interpretaría?. Este derecho de igualdad por ejemplo, significa que todos somos justamente iguales, que ningún ser es superior a otro y que todos tenemos los mismos derechos, por lo tanto no puede discriminarse a nadie por su religión, el color de la piel o el sexo, entre otros aspectos.
Algunos filósofos han pensado que debemos aceptar que la libertad o igualdad entran en conflicto. Y lo que es aún más problemático: tal conflicto solo se soluciona si sacrificamos uno de los valores o si restringimos en alguna medida la realización de ambos. 
Por otro lado, tiene sus fundamentos en la igualdad ante la ley de todos los individuos (igualdad jurídica) y en el derecho de a unos bienes básicos, como ser humano y/o partícipe de una sociedad. Son fuente de libertad y autonomía individual, en el contexto de los vínculos cooperativos en la sociedad.
Si vamos a un ejemplo concreto de nuestra sociedad, ¿es igualdad lo que surge en una manifestación de grupos sociales cuyo reclamo exige recibir un plan por parte del gobierno para que esas personas tengan un ingreso en dinero mensual sin trabajar similar al que reciben como remuneración aquellas personas que trabajan? En la percepción de esos manifestantes si, ya que de esa manera se verían equiparados socialmente con los que reciben una remuneración por trabajo, pero en la percepción de los que cumplen una jornada laboral esa situación no es justa.
O mismo, el concepto de libertad, tomada desde el punto de vista de una mujer que vive en un país bajo el régimen del talibán, donde la libertad para esa mujer implica poder salir a la calle siempre y cuando este acompañada por un miembro masculino de su familia, caso contrario recibiría una pena por hacerlo de una manera no autorizada por este régimen; caso contrario a una mujer de nuestra sociedad en donde cuenta con la libertad de poder salir a hacer los mandados o salir con amigas sola y en el horario que quiera sin percibir sanción jurídica alguna.
Acá volvemos a nuestra afirmación del comienzo; estas tradiciones jurídicas surgen por la influencia de otras culturas en las que se encuentra embebida ya que, si volvemos al ejemplo de la mujer que vive bajo el régimen talibán, el simple hecho de salir a la calle sola sufriría grandes consecuencias que en nuestro contexto social, cultural y jurídico no es compatible.
Por lo cuál no existe en el mundo un sistema jurídico que sea totalmente puro, sino que siempre vamos a encontrar características de otro sistema, por lo que si bien existen tantos sistemas jurídicos como países en el mundo, también es cierto que todos esos sistemas se van adaptando a la realidad social e implementando instituciones que les puedan ser útiles.
Hay dos razones principales por las que se adoptan instituciones de otros sistemas jurídicos al propio: puede ser por imposición, como lo es el caso de la mayoría de los sistemas jurídicos de aquellos países que fueron conquistados en la época colonial y en la postguerra, o también puede ser porque al observar instituciones de otros países se considere que son mejores que las propias en algún sentido y se adapten instituciones similares a nuestro sistema jurídico para obtener resultados más favorables al momento de impartir justicia o de cumplir con algunos de los fines inmediatos del derecho.
Aunque se podría decir que todos los sistemas jurídicos son mixtos, algunos países están mejor contenidos en sus familias jurídicas por contener mas instituciones semejantes entre ellas, además de tener algún antecedente histórico común. 

Como cierre a este tema tan abarcativo, les dejamos un podcast que puede ser de utilidad para comprender este tema:


¡Hasta la próxima!

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